El Plan del Gobierno sobre Justicia y Seguridad

Correpi
17.May.04    Documentos y Comunicados

El plan lanzado por el gobierno tiene un inocultable signo de “mano dura”. A continuación aportamos algunas reflexiones sobre las propuestas contenidas en el plan de gobierno.

El plan lanzado por el gobierno al influjo de las movilizaciones encabezadas por Juan Carlos Blumberg -motorizadas por la derecha política y los grandes grupos multimedia, y que lograron amplio apoyo social, incluyendo a algunas organizaciones populares- tiene un inocultable signo de “mano dura”.

Resulta difícil pronunciarse de una sola vez respecto de todas las medidas planteadas. Mientras en algunos casos el propósito y el contenido es claro, algunas de ellas son de casi imposible o ilusa concreción, otras ya se venían implementando y en otros casos sólo se difundió el título y no sus alcances.

Aún con las limitaciones planteadas, lo cierto es que del contenido de algunas de las propuestas, de la indiscutible trascendencia política del marco en que fueron anunciadas y de la total ausencia de medidas de transformación social en un sentido de justicia a favor de las mayorías empobrecidas (empleo, educación, salud, etc.), se desprende que el signo de los anuncios se inscribe en la orientación de la llamada “Cruzada Axel” que, como hemos venido denunciando, identifica “seguridad” con política penal y política penal con más castigo sobre los pobres.

En ese sentido la posición de CORREPI siempre ha sido clara:
a) La verdadera “seguridad” para las mayorías populares pasa por el acceso al empleo, la vivienda, el salario digno, la seguridad social, la educación y la salud; pasa además por el cese de la política de “gatillo fácil” y de criminalización de la protesta; pasa, finalmente, por el descenso de los niveles de violencia social horizontal, que convierte a los pobres en víctimas de hechos de violencia ejercidos por otros pobres.
b) La política criminal debe dejar de ser “tuerta”. El contenido de la campaña Blumberg y de las medidas anunciadas por el gobierno descarga todo el énfasis en los delitos cometidos por los pobres y marginales, mientras elude el debate y las propuestas que tienen que ver con las conductas criminales que se desarrollan desde el poder. Una política criminal integral no puede ocultar el castigo de los grandes negociados, de la entrega del país, del genocidio, de la connivencia político-policial o de los delitos “comunes” cometidos por poderosos como Grassi o Carrascosa.
c) Lo que la Argentina necesita es distribución de la riqueza y no ensanchamiento y endurecimiento del sistema penal. El mejor ejemplo son los pibes pobres. Allí es imprescindible promover, de manera urgente, el acceso al trabajo, al deporte, a la alimentación, a la recreación y a la salud. Abordar la situación de niños y jóvenes desde una óptica punitiva implica multiplicar sobre la inmensa mayoría de ellos el castigo que ya proviene de la marginación, a la vez que se des-responsabiliza a la sociedad adulta y supuestamente “decente” del genocidio social que lleva décadas en el país y que tiene en los pibes a sus principales víctimas.

A continuación aportamos algunas reflexiones sobre las propuestas contenidas en el plan de gobierno.

A. LAS PROPUESTAS DE MÁS CLARO SIGNO REPRESIVO:
1. BAJA DE LA EDAD DE LA IMPUTABILIDAD:
Si bien se envía al congreso un proyecto más garantista que la legislación actual, lo único seguro es que se bajará la edad para el castigo a los pibes. Es altamente probable que, debido a la composición del congreso y el contexto en que se debate, terminemos con un régimen más punitivo que el actual.
2. JUSTICIA RAPIDA PARA DELITOS “IN FRAGANTI”:
Sólo será aplicable a delitos de pobres (robos, hurtos, etc.) y nunca a delitos de sectores con mayor poder (defraudaciones, delitos de funcionarios). El procedimiento no garantiza el derecho constitucional de defensa. Miles de inocentes recibirán castigos antes de atinar siquiera a defenderse.
La experiencia indica también que esta “justicia veloz” se aplicará a otro tipo de “delincuente in fraganti”, que no es otro que el manifestante detenido en movilizaciones o protestas. CORREPI ha desenmascarado el concurso delictivo del que el aparato judicial- policial se vale para calificar la conducta de los detenidos en manifestaciones. El atentado y resistencia a la autoridad, lesiones y daños es el “combo” de delitos con los que caratulan a quienes se criminalizará en 5 días.
En la práctica, los policías tendrán un poder mucho mayor, ya que toda detención no ordenada por un Juez o no realizada con motivo de una averiguación de identidad desembocaría en un juicio sumarísimo propio de tribunales militares en tiempo de guerra; se impide la defensa particular (y probablemente la oficial), ya que los abogados tendrían que tener todos los días la agenda libre a fin de poder hacerse cargo inmediatamente de los juicios que surgieran.
3. RELOCALIZACION DE LA JUSTICIA CRIMINAL EN LOS BARRIOS:
Cuando resulta indispensable fortalecer la capacidad investigativa judicial desplazando a las policías de esa labor (que ha facilitado enormemente la connivencia político-policial), al llevar jueces y fiscales a los barrios se fortalece el poder policial, aumentando la vulnerabilidad de los sectores sociales con menor influencia.
Por otro lado la experiencia demuestra que la cercanía territorial de funcionarios judiciales o del ministerio público con la policía produce la metamorfosis que Elias Neuman denominó “proceso de policización”. Lisa y llanamente, el vínculo se torna tan estrecho (amiguismo) que importa una verdadera garantía de impunidad para delitos cometidos “institucionalmente” como el gatillo fácil o la tortura. Algunos fiscales generales bonaerenses ya han debido ordenar que las causas en las que se encuentren imputados policías del mismo distrito que las fiscalías sean instruidas en la cabecera del departamento judicial pues de lo contrario son siempre sobreseídos (ej. San Isidro).
Además, queda claro que la territorialidad no está destinada a perseguir el delito organizado, que difícilmente se circunscriba a un barrio o conjunto de barrios concretos. No por casualidad, muchos de los barrios elegidos tienen población de bajos recursos o fuertes diferencias en la distribución de los ingresos entre sus habitantes.
4. INCORPORACION DE TIPOS PENALES RELACIONADOS CON EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO:
Se trata de una cuestión que sólo puede explicarse por la exigencias del imperialismo norteamericano ya antes subordinado a la suscripción del Tratado Americano contra el Terrorismo de Barbados del 2002. Es un fenómeno sin relevancia en el país y abre las puertas para la persecución política de opositores. Resulta sumamente vaga la pretensa definición de “financiación del terrorismo”
5. AMPLIACION DEL NÚMERO DE EFECTIVOS:
Ya sea por la vía de la agencia federal de investigaciones, ya sea por el llamado “cuerpo nacional de paz”, se aumentan los efectivos armados. Ya hemos señalado que el problema es de justicia social, no de ampliación del poder punitivo estatal.
6. CUERPO NACIONAL DE PAZ:
La constitución de este pequeño ejército, que en principio iba a contar con 5.000 hombres para luego ampliarse a 18.000 como adelantara el propio Beliz, no puede menos que señalar su potencial función represiva.
La terminología utilizada (”de Paz”) remite a las teorías yanquis de operaciones de “no guerra” o beligerancias de baja intensidad que se “resuelven” con brigadas de rápido desplazamiento, muy entrenadas y pertrechadas.
Como cuerpo militarizado servirá para poner en caja el conflicto social que no pueda ser encaminado por las policías provinciales.
Tenderá a cubrir con mayor eficacia y agilidad (para el establishment) las misiones represivas frente a conflictos sociales que hasta diciembre de 2001 solía realizar Gendarmería. Fue con la Gendarmería que el entonces ministro de la Alianza Federico Storani “pacificó” la provincia de Corrientes para que pudiera asumir el interventor Ramón Mestre.
7. EXTENSION DEL USO DE LA FIGURA DEL “ARREPENTIDO”:
Ya existe en la ley anti-drogas y se lo propuso en todos los proyectos de leyes anti-terroristas (que no se aprobaron por el rechazo popular). Lejos de ser una herramienta útil, facilita la manipulación de los procesos penales. Se lo presenta como una herramienta contra la “impunidad”. De ser así debiera emplearse exclusivamente allí donde la impunidad campea (mafias político-policiales, delitos complejos económicos, corrupción política).
A su vez, como dijimos en su momento, si en una causa civil un testigo que tiene algún interés (económico o de otro tipo) es inaceptable, o al menos de escaso valor probatorio, ¿cómo darle credibilidad al arrepentido que evita una pena privativa de libertad o al que recibe una recompensa por imputar a otra persona?
8- LIMITACION DE LAS EXCARCELACIONES:
Pone como regla la inexcarcelabilidad de los delitos conculcando el principio de la presunción de inocencia consagrada en la Constitución Nacional.
La reciente reforma que torna inexcarcelable la tenencia de armas empeora las consecuencias de las causas fraguadas, dado que la colocación fraudulenta de un arma a personas inocentes es el principal mecanismo empleado.
9- LEY DE ABIGEATO:
Otra vez el gobierno cede ante la “opinión” de pseudovoceros de la seguridad más cercanos a apologistas del “meta bala” como el impresentable intendente del municipio sureño de Villarino.
10- FONDO FIDUCIARIO
Además de la incorporación de mayor parque automotor, se crea un fondo fiduciario de 600 millones de pesos para la administración ágil de las llamadas demandas de seguridad.
¿Porqué no invertir esa cantidad en educación, vivienda, obra pública?

B. LAS PROPUESTAS CUYO EFECTO QUEDA SUJETO DE MANERA EXCLUSIVA A LA VOLUNTAD ACTUAL Y FUTURA DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL:
1. AGENCIA FEDERAL DE INVESTIGACIONES: Debió fortalecerse la capacidad investigativa del poder judicial, sin interferencia del ejecutivo y mucho menos de las fuerzas de seguridad. De la voluntad política del gobierno dependerá qué y cómo se investiga por la agencia a crearse. De allí se desprenden al menos dos cuestiones preocupantes: a) frente a delitos del poder, será el ejecutivo el que determinará si se usa o no esa agencia (hoy, por ejemplo se usaría en Santiago del Estero, pero no en la investigación de la masacre de Puente Pueyrredón); y b) si bien su objeto son los secuestros y bandas delictivas, el narcotráfico, el tráfico de armas, los desarmaderos, el contrabando y el lavado de dinero, no hay ninguna definición explícita que impida a la agencia ingresar en la inteligencia de movimientos y/o grupos políticos y sociales opositores.
3. NUEVAS CARCELES QUE ALOJARÁN A LOS ACTUALES PRESOS:
Hay presos hoy en el Borda y en el Moyano, hay presos hoy en contenedores en Salta, todos en condiciones inhumanas. Aspiramos a que haya menos presos. Si las cárceles son para garantizar mejores condiciones de vida de los ya detenidos no merece discusión. Si la expectativa es ampliar el número de presos, no corresponde la construcción de nuevas cárceles.
Si no se hubieran aprobado (y se pretendieran seguir aprobando) normas que tienden a dificultar las excarcelaciones, podría tratarse de un intento de hacer un poco menos indignas las condiciones de detención de los presos actuales; pero, en el marco de esta política, el objetivo parece ser que haya muchos más presos en condiciones similares a las actuales, como sucedió en la Provincia de Buenos Aires. No hay que descartar tampoco la importancia del negocio de construcción de cárceles. Menem tuvo su primer pedido de captura internacional por un “vuelto” en este rubro. Nos oponemos al aumento masivo en el número de presos, mayoritariamente sin condena, y no a medidas que redunden en mejoras en las indignas condiciones de encarcelamiento.

C. LAS PROPUESTAS DE CONTENIDO INCIERTO:
1. MODIFICACION DEL ART. 210 DEL CODIGO PENAL SOBRE ASOCIACION ILICITA:
Se lo presenta como parte del mayor énfasis represivo sobre el delito organizado. Se desconoce el contenido de la propuesta. Una vez más el riesgo reside -con base en las experiencias de los últimos años- en que se oriente la figura hacia el castigo político.
La regla de la no excarcelabilidad es harto peligrosa respecto de los diferentes estamentos que pueden conformar los integrantes. Claramente no es lo mismo la cabeza o la fase organizativa de la asociación ilícita que los partícipes delictivos de la misma. La antigua escala penal que partía de 3 años importaba permitir a éstos una pena en expectativa que con la reforma se torna ilusoria.
2. UTILIZACION DE LAS RECOMPENSAS EN INVESTIGACIONES JUDICIALES:
Se desconoce para qué casos y quién determinará la oportunidad y los montos. Debiera limitarse su uso a aquellos casos en que la regla es la impunidad: delitos de funcionarios, de policías, de grandes empresarios.

D. PROPUESTAS QUE PUEDEN SER POSITIVAS:
1. LIQUIDACION DE LOS FUEROS FEDERAL Y PENAL ECONOMICO PARA CAUSAS PENALES:
Esos son fueros personales, organizados para que grandes capitalistas o poderosos funcionarios sean juzgados con una “vara” especial. Si el fin es terminar con esos “fueros de excepción”, la medida podría ser positiva.
2. MÁS JUZGADOS DE MENORES:
Hay miles de chicos esperando juicios, muchos de ellos internados o presos, de manera que esta medida, si se aplica en el sentido de agilizar las causas existentes, y no de multiplicar las criminalización de menores, puede ser válida.
3. MÁS JUECES DE EJECUCION PENAL:
Siempre y cuando su finalidad consista en la recuperación y resocialización del interno y fundamentalmente la evaluación hacia medidas alternativas a la prisión o aquellas destinadas a ampliar la reinserción del detenido como las salidas laborales, libertad vigilada, no es objetable.

E. PROPUESTAS CON CONTENIDO DEMAGOGICO:
Tanto el llamado Monitor Civil de Seguridad como el funcionario civil de asuntos internos, así como la supervisión de Universidades o de organizaciones no gubernamentales claramente poco combativas o más bien complacientes constituirán figuras decorativas para dar un barniz de civilidad al aparato represivo del estado.
Es de destacar que no es la primera vez que se intenta incorporar a civiles a los ámbitos y dependencias policiales. Ya en la década pasada se designaron interventores civiles de las departamentales bonaerenses. El desempeño en tales cargos hasta de ilusos abogados vinculados a los derechos humanos fue poco menos que patético. En el mismo sentido hubo propuestas de incorporar estudiantes de derecho a las comisarías para hacer trabajo administrativo, que terminarían egresando de la Escuela Ramón Falcón.
Respecto de los concursos de funcionarios de jerarquía superior como comisarios civiles, además de ser impracticable debido a las propias prácticas policiales, entendemos que se trata de otra medida demagógica para “civilizar” la fuerza.

F. SOBRE OTRAS PROPUESTAS:
1. JUICIO POR JURADOS: En principio, la participación popular no puede ser contraria a una justicia más democrática. Sin embargo, el alto nivel de manipulación de opinión pública en materia penal, facilitaría “venganzas sociales” en perjuicio del principio constitucional de inocencia. Por otra parte, en la inmensa mayoría de delitos comunes es muy alta ya la tasa de condenas de los que llegan a juicio. De emplearse el juicio por jurados debería limitárselo a delitos cometidos por funcionarios públicos o delitos económicos de gran envergadura que son las áreas donde sí campea la impunidad. En EEUU (modelo de la versión propuesta de jurados) existen centenares de inocentes condenados y es el país con más personas presas y criminalizadas, con un sistema judicial discriminatorio hacia negros y latinos (y, obviamente, en general, hacia los pobres).
2. FOROS DE SEGURIDAD: Es indiscutible el derecho de la ciudadanía a intervenir en el diseño y control de políticas públicas, entre ellas la política criminal. Sin embargo, la experiencia indica que, dirigidos los foros por los funcionarios policiales y diseñados a la medida de la sociedad supuestamente “decente”, en los foros se ejerce una democracia “ateniense” donde la minoría a la que el sistema penal nunca “toca” (comerciantes, empresarios, etc.) es la que representa la “voz del pueblo” y demanda más y más “mano dura”. Por el contrario aquellos que sí pueden ser víctimas del sistema penal legal (detenciones, imputaciones, averiguación de antecedentes) o ilegal (”gatillo fácil”, tormentos, vejaciones, aprehensiones arbitrarias) y que son inmensa mayoría no tiene opinión. Un debate democrático necesita de las voces de los pobres, los pibes, los desocupados, la gente de las villas, los travestis, los estudiantes, los bolivianos, etc.
Las experiencias implementadas hasta aquí han determinado que estos foros han sido impulsados y fomentados por sectores ligados a las propias fuerzas de seguridad o bien para exigir mayores pertrechos, equipamientos etc. O bien directamente para relegitimar el controvertido comportamiento policial, cuando no para convertirse directamente en verdadero instrumento de información, delación, y/o control social de otros ciudadanos. En la Ciudad de Buenos Aires se sustituyó aquello de “al servicio de la comunidad” por “la comunidad “al servicio de la policía”.
Los planes de Alerta vecinales, generalmente impuestos en barrios pudientes, ha terminado por sentar las bases de una ideología peligrosa como es la de considerar sujeto pasible de cometer delito a cualquiera que no habite en las manzanas “seguras”·
4. CIVILES COMO COMISARIOS O INTEGRANTES DE LA AGENCIA DE INVESTIGACIONES:
El problema no es que el personal sea o no civil, sino que la investigación de delitos ya cometidos dependa del poder judicial, sin interferencias policiales. La cuestión de la orientación más o menos represiva de las policías o de sus niveles de corrupción no se resolverá incorporando algunos civiles sino reorientando su acción.
Esta medida, como los foros de seguridad, son meras propuestas para “vender el producto” con cierto aspecto progresista.

CORREPI
COORDINADORA CONTRA LA REPRESION POLICIAL E INSTITUCIONAL
Buenos Aires, Mayo de 2004.-