CORREPI - Coordinadora Contra la Represión Policial e Institucional

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Boletín Informativo N°257

Correpi :: 09.02.04


SUMARIO
1- Policía, “piquetero” y estafador
2- El poder judicial y el cacerolazo del 29 de diciembre de 2001
2- Ponemos el ojo en la policía de Arrecifes
3- Tortura, muerte y movilización popular en Chubut
4- Solicitada contra la impunidad y la represión en Neuquén
5- Algo más sobre el Código Contravencional

POLICIA, PIQUETERO Y ESTAFADOR
El sindicalista de la CTA -y siempre amanuense bajo el disfraz de dialoguista- Luis D’Elía lo presentó como un policía diferente. Era aquel bonaerense que “entendía las privaciones del pueblo, que nunca saldría a reprimir, que condenaba la tortura y el gatillo fácil”.

Juntos marcharon y las columnas de la FTV de repente se vistieron de “azul”. El cabo primero de la Policía Bonaerense Ricardo Santillán se había convertido en el “polipiquetero”.

Después D’Elía lo impulsó como el principal candidato del futuro sindicato policial, idea recurrente que incluso seduce a más de un partido de izquierda que cree que los policías son trabajadores.

Pero el romance parece haber terminado. Ahora D´Elía acusó a su socio uniformado de quedarse -como todo buen bonaerense que se precie- con un vuelto. Efectivamente, lo denunció ante la Fiscalía Correccional de La Matanza por haber estafado con la venta de casas a familias de escasos recursos económicos, a las que les habría cobrado anticipos de $ 500 a cada uno para adjudicárselas.

En realidad, parece que la denuncia tiene sus fundamentos y Santillán está comprometido. Pero viniendo de D´Elía, que se viene dedicando hace rato a denunciar complots de ultra derecha, como cuando quiso justificar por qué el 20 de diciembre de 2001 se quedó abajo de la cama, sin privarse de marcartear incluso ante juzgados a otros piqueteros combativos en serio, puede que sea un simple pase de facturas entre ellos.

EL PODER JUDICIAL Y EL CACEROLAZO DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2001
Servini de Cubría es la Jueza Federal que estaba de turno en la segunda quincena de diciembre de 2001. Por ende, “investiga” los cacelorazos del 19-20 y 29 de diciembre y sus respectivas represiones. La investigación del 29 jamás avanzó en el estudio de la represión (salvo el conexo asesinato de los tres chicos de Floresta, hecho en el cual tampoco se investigó la represión a los restantes vecinos ni el encubrimiento del triple homicidio).

El año pasado, Servini, al declararse incompetente, elogió el accionar policial a pesar de las denuncias de torturas y maltratos
realizadas por varios detenidos (y de las detenciones absolutamente injustificadas que éstos sufrieron). Los fiscales Comparatore y Evers (los mismos de la causa del 20/12) se opusieron el 31 de diciembre de 2001 a la libertad de uno de los ahora sobreseídos con el argumento de que debía quedar detenido hasta tanto no se demostrara que no pertenecía a un grupo organizado para atentar contra el gobierno (es decir, este chico era para ellos culpable hasta que se probara su inocencia).

Ahora, tras sucesivas cuestiones de competencia y reiterados planteos de funcionarios judiciales denunciando “la violencia ejercida sobre las instituciones democráticas”, los “disturbios” o “la violación del régimen republicano y representativo de gobierno” por parte de quienes nos movilizamos el 29 de diciembre, un Juzgado de Instrucción ha sobreseído a la mayor parte de los detenidos que aún quedaban imputados por considerar que no hay pruebas para seguir un proceso en su contra.

Hay dos excepciones en la resolución. La de un muchacho a quien acusan de daño agravado (en virtud de haber tratado de impedir el accionar de una autoridad y de tratarse de un bien público) por haber supuestamente arrojado una piedra a un Ford Falcon no identificable (lo cual hace insostenible el agravante). Este procesamiento será apelado.

Pero la otra excepción es una nueva demostración del rol del Poder Judicial frente a las represiones. Se ordena “Encomendar a la Policía Federal la individualización de los autores del hecho denunciado por Gustavo Federico Gómez”. ¿De qué se trata? De una persona que “recibió un impacto de proyectil de gas lacrimógeno en el rostro, lo que le provocó lesiones”. Se encomienda a la institución a la que pertenecen los autores del hecho individualizar quién de ellos cometió el delito. Reiteramos, el verbo usado es “Encomendar”. No se intima a la PFA a denunciar qué personal actuaba con esas armas en esa zona a la hora del hecho, ni quiénes de ellos dispararon, sino que se les encarga sin más aclaración que individualicen de quiénes se trataba. Si no fuera trágico sería gracioso.

PONEMOS EL OJO EN LA POLICÍA DE ARRECIFES
Inquietantes noticias nos llegan desde la localidad bonaerense de Arrecifes. “Lenta pero persistentemente se va incrementando la presión policial sobre los jóvenes (con mayor intensidad, por supuesto, si son pobres)”, nos dicen los compañeros de la Asociación Cultural de Arrecifes, con quienes hemos comenzado a coordinar tareas.

“Aparece, está en aumento y se profundiza la arbitrariedad policial (en muchos casos con el alborozado beneplácito de “la buena sociedad”). Se detiene y se golpea por portación de cara; se secuestra el ciclomotor de cualquier pobre (porque le falta el seguro o el cenicero) pero ni se les ocurre molestar a motociclistas de cilindradas mayores que circulan sin patente ni casco ni…”

Recientemente el concejo deliberante votó la instalación, con carácter permanente en la localidad, de una brigada de la Guardia de Infantería de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, mientras aumentan las cotidianas detenciones arbitrarias en la zona.

Ampliaremos en próximos Boletines a medida que sistematicemos y verifiquemos los casos denunciados, a partir de los informes que relevaremos en la ciudad.

TORTURA, MUERTE Y MOVILIZACIÓN POPULAR EN CHUBUT
El 2 de febrero Juan José Gramajo, de 27 años, fue asesinado por la policía de la ciudad de Comodoro Rivadavia. El joven y otros dos amigos eran perseguidos a los tiros por los policías, y se refugiaron en el patio de una vivienda. Ninguno de los tres estaba armado. Cinco policías ingresaron a la vivienda y los golpearon. Gramajo murió como consecuencia de las patadas que recibió.

Cinco uniformados fueron pasados a disponibilidad, pero sólo uno de ellos, el oficial Miguel Angel Caro, está preso, debido a la inmediata reacción popular que impidió las clásicas maniobras de encubrimiento policial.

Una versión difundida por el diario El Patagónico asegura que tres de los cinco policías habrían reconocido que durante el operativo efectuaron disparos intimidatorios y que tanto el joven muerto como sus acompañantes no estaban armados. Por su parte, una vecina dijo a la prensa que el chico entró vivo al patio de la casa y los últimos que estuvieron con él eran policías.

Familiares de varios casos de represión policial y organizaciones piqueteras marcharon junto a la familia Gramajo ayer, reclamando justicia y que se termine con la impunidad. Los manifestantes ocuparon el hall de entrada del edificio en el que funcionan los juzgados, y reclamaron ser atendidos por el Juez Herrera, quien aunque recibió a delegados de la movilización no les dio respuestas satisfactorias.

Es obvio que si lo mataron a golpes de puño y patadas, y eran cinco los policías, uno solo no fue. También sería interesante saber cual es la calificación criminal, es decir si es tortura seguida de muerte o simplemente homicidio. Tercero, la misma testigo que dijo que lo patearon hasta ocasionar su muerte, es la que dijo al diario que a los policias “se les fue la mano”. Increìble, pero para la conciencia pública de muchos argentinos que la policía le pegue a los detenidos está bien, pero hasta cierto punto. No hay que sobrepasarse de ese límite. Se les puede pegar pero “poquito”, si no “se les va la mano”.

SOLICITADA CONTRA LA IMPUNIDAD Y LA REPRESION EN NEUQUEN
Transcribimos a continuación el texto de la solicitada aparecida en medios gráficos de Neuquén que CORREPI suscribió:
“Pedro “Pepe” Alveal es un joven del MTD, estudiante secundario y obrero ceramista de 20 años a quien la policía neuquina en la represión del 25 de noviembre de 2003 lo persiguió, acorraló y acribilló a disparos. 64 perdigones de balas de goma en todo su cuerpo y el estallido de su ojo izquierdo fue la consecuencia de la salvaje cacería policial de la que fue víctima. Además de Pedro hubo 9 heridos de balas de plomo aunque la Justicia neuquina no ha avanzado en absoluto en la investigación por estos gravísimos hechos.
Por las lesiones sufridas por Alveal el juez R. Abelleira procesó con prisión preventiva a cuatro policías que le dispararon por el delito de “lesiones graves doblemente agravadas”, por las pruebas más que contundentes de videos y fotos presentadas por los querellantes. Sin embargo la Camara de Feria compuesta por los jueces Badano y Fernández ordenaron la libertad de estos policías a pesar de que las pruebas sobran, al cambiar la calificación legal por la de “lesiones en riña o agresión”.
Estos mismos jueces fueron designados recientemente a dedo por Sobisch de manera escandalosa para ser miembros del Tribunal Superior de Justicia, garantizándose así mayoría automática en ese Tribunal al mejor estilo menemista. Casualmente Fernández es el mismo juez que lo sobreseyó por el escándalo de las coimas, lo que deja en evidencia la parcialidad de este fallo en el cual el Poder Ejecutivo tiene un interés directo.
Los abajo firmantes repudiamos este fallo que intenta legitimar la represión por la vía judicial y tender un manto de impunidad. Exigimos que los policías que hirieron a Pedro “Pepe” Alveal estén presos. Asimismo nos pronunciamos por cárcel, juicio y castigo para todos los responsables materiales y políticos de la represión del Ruca Che.”

ALGO MÁS SOBRE EL CÓDIGO CONTRAVENCIONAL
Ya hemos mencionado en Boletines anteriores el espíritu general que campea en los proyectos de reforma al Código Contravencional porteño. Algunos ejemplos tomados al azar permiten entender mejor el objetivo que se busca, ejercer el control social y castigar la legítima protesta:

1) En el proyecto Licastro se prevé el “hostigamiento”, definido como “el que acosare, molestare, insultare o de cualquier modo hostigare a otro”, con penas de 4 a 10 días de arresto. La definición, tan amplia y vaga como suena, permitiría ser aplicada a cualquier escrache a represores, por ejemplo.

2) El proyecto La Ruffa sanciona con arresto de 15 días a quienes portes llaves que “no correspondan a cerraduras que el tenedor pueda abrir legítimamente”, tal como actualmente lo sanciona el código de faltas de Santa Fe. ¿Te acompañará el cana a tu casa para constatar que la llave abre la puerta?

3) El mismo proyecto penaliza a quienes “contribuyan a frustrar el desarrollo de una subasta pública”, por ejemplo cuando se movilizan los vecinos para impedir el remate de una vivienda o un predio rural comidos por usurarios intereses.

4) Por último -por ahora-, el proyecto La Ruffa sanciona con 5 días de arresto a quienes enciendan fuego con gomas de caucho en lugares públicos…

CORREPI


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