Contra la criminalización de la protesta: Solidaridad y lucha por la absolución de Oscar Martínez
En su momento, desde la CORREPI caracterizamos las detenciones arbitrarias, la aplicación de torturas y el gatillo fácil como parte de una política represiva del Estado de fuerte contenido disciplinario, por cuanto su fin es ejercer el control social sobre amplios sectores de la población. En los últimos años, y sin abandonar esos métodos “clásicos”, se ha incrementado la aplicación de políticas represivas a quienes comenzaron a resistir y luchar contra el sistema socioeconómico, aunque fuere en sectores puntuales.
El aumento de la protesta social trajo aparejado, como respuesta del estado, más palos y gases en las movilizaciones, luego balas de goma y de las otras. Pese a ello las luchas persistieron, se ampliaron y recurrieron a herramientas novedosas como el corte de ruta. Paralelamente, al resultar insuficiente la represión física directa contra sus protagonistas, se encaró desde el poder una novedosa y muy eficiente modalidad represiva.
Así como a principios de los años 80 las policías reemplazaron casi totalmente a las fuerzas armadas en su rol de brazo ejecutor de las políticas represivas estatales, en los finales de la década del 90 fueron los integrantes del poder judicial quienes asumieron la función de reprimir a los “revoltosos”, iniciando miles de procesos judiciales en todo el país contra luchadores populares, aunque sin desplazar a las fuerzas de seguridad que siguen aplicando la represión disciplinadora general.
De esta manera, junto a la represión indiscriminada destinada a ejercer el control social de los jóvenes, los pobres y las minorías, se consolidó esta vertiente de represión selectiva, uno de cuyos aplicadores permanentes es el poder judicial. Basta recordar la detención de los curas y de nuestro compañero de la CORREPI Toto Zimerman en el asentamiento Agustín Ramírez, el procesamiento de los mapuches acusados de usurpar la tierra de sus ancestros en el Pulmarí, la causa contra los dirigentes de la Coordinadora de Desocupados de Neuquén, o los centenares de expedientes generados luego de cada marcha o movilización con imputaciones que varían del daño calificado a la asociación ilícita, de la usurpación a la coacción agravada.
En este marco comenzó el pasado 5 de febrero el juicio oral y público contra el Secretario de Organización de la UOM de Tierra del Fuego Oscar Martínez, quien el día 12 de abril de 1995 dijo a los manifestantes indignados por la represión del día anterior en la planta de Continental Fueguina “Vamos a arrancar de las garras de estos asesinos a nuestros compañeros detenidos”. Esa frase, desde la óptica del poder judicial fueguino, constituía una “instigación a pública cometer delitos determinados”, y sometieron a Martínez a su tercer proceso basado en actos realizados en oportunidad de la lucha popular.
Desde el inicio del debate quedó en evidencia que el discurso oficial, tanto del tribunal como de la fiscalía, coincidía con el de la jueza de primera instancia, y se basaba en dos tesis largamente familiares para todos nosotros: la teoría de los dos demonios y la de los abusos y excesos. Colocar a Martínez en el banquillo junto a cinco de los 400 policías que reprimieron a los fueguinos los días 11 y 12 de abril de 1995 era, según los propios fundamentos de la acusación, “equilibrar” la balanza. Los policías no objetaron esta situación. Sólo Martínez se plantó frente al tribunal, y dijo “me causa repugnancia estar sentado junto a quienes golpearon a mis compañeros, balearon a los manifestantes y asesinaron a Víctor Choque”.
Los cinco policías fueron acusados por delitos como “vejación en acto de servicio” y “abuso de autoridad”. Supimos durante la lectura del requerimiento fiscal que patear a un obrero caído en el suelo, pegarle con la culata de una ITAKA en el vientre y dispararle a quemarropa 15 perdigones de goma en el pecho son “excesos y abusos cometidos por propia iniciativa del personal en exceso de las órdenes recibidas”. Los policías al declarar nos explicaron que “el humo no permitía ver, entonces pegábamos al bulto”. Preguntado si llegó a pegarle a algún camarada, dijo “no, porque vestían de azul”. Curioso humo ese, que permite distinguir sólo el color azul. Otro uniformado aclaró que antes de que “se le escapara el disparo” le “había dado oportunidad” a la mujer que hirió en la pierna para que se fuera… Toda una definición fue la del policía que, didáctico, dijo que “pegar un bastonazo a un manifestante es, para un policía, un acto institntivo”.
Estos cinco policías, que probablemente reciban leves penas el 16 de febrero al leerse el fallo, no hicieron nada diferente que los 400 no procesados, ni actuaron en contra de las órdenes recibidas. Los grandes ausentes en este proceso fueron los responsables políticos y policiales de la represión desatada en Ushuaia en Semana Santa de 1995, desde el gobernador Estabillo hasta el juez que ordenó el desalojo forzado de Continental, pasando por los ministros y oficiales superiores de la policía que hoy gozan de “merecidos” ascensos.
Los responsables políticos de la represión fueguina fueron poco a poco apartados de la causa con sucesivos sobreseimientos y faltas de mérito, aplicando una suerte de “obediencia debida a la inversa” y caracterizando la represión pergeñada y dirigida desde el poder como “iniciativa propia de los subordinados en exceso de las órdenes recibidas”. Las palabras de Martínez, en cambio, fueron interpretadas al acusarlo como detonador y causa eficiente no sólo de los daños a los edificios públicos ocasionados por los justos piedrazos, sino de la propia represión y hasta de la muerte de Choque, para la que el dirigiente sindical habría “generado las condiciones…”.
La gran campaña de solidaridad y apoyo que rodeó el proceso, la presencia en Ushuaia de referentes nacionales de diversos ámbitos sindicales, políticos y de derechos humanos, es factor determinante del vuelco que tomó el juicio.
Oscar Martínez será seguramente absuelto, pues aún para la justicia del sistema sería imposible probar que lo que dijo tuvo otro contexto, contenido e intención que reflejar la bronca de la gente autoconvocada para repudiar los sucesos del día anterior. En un notable paralelismo con la causa de Neuquén, el fiscal ha solicitado la absolución de Oscar Martínez y penas de 1 a 5 años de prisión para los policías. Sin embargo, allí se acaba el paralelo, pues mientras en la Causa Panario el fiscal justificó los hechos imputados a los desocupados precisamente en la angustia y desesperación derivada de la falta de trabajo, en esta el fiscal sólo se amparó en la “excesiva” represión, de lo que se deduce que para la próxima los policías deben reprimir “dentro de los límites”.
Más allá de lo fundamental que resulta que Oscar Martínez sea absuelto, más allá de lo paradigmático de este proceso frente a casi un millar de causas similares en todo el país, nuevamente comprobamos que, como con las causas por “gatillo fácil”, como en la causa de Neuquén, fue la solidaridad y la lucha popular la que presionó al sistema para que largara a su presa, uno de nosotros.