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PARA LA CÁMARA CRIMINAL, LA MADRE DE WALTER BULACIO NO TIENE DERECHO A SER PARTE EN LA CAUSA JUDICIAL

Correpi :: 13.06.02

PARA LA CÁMARA CRIMINAL, LA MADRE DE WALTER BULACIO NO TIENE DERECHO A SER PARTE EN LA CAUSA JUDICIAL

La Sala Sexta de la Cámara del Crimen resolvió el jueves pasado apartar de las actuaciones a Graciela Scavone, madre de Walter Bulacio, quien desde el fallecimiento de Víctor Bulacio -padre del menor- hace dos años, continuaba como única querellante contra el comisario de la policía federal Miguel Angel Espósito.

La causa Bulacio se inició tres días después de la detención de Walter Bulacio (17) ocurrida en la comisaría 35ª el 19 de abril de 1991, cuando el personal médico del Sanatorio Mitre denunció a la comisaría de su zona (7ª) el ingreso de un menor con traumatismos y golpes faciales con un grave cuadro neurológico.

El 26 de abril Walter falleció. Desde entonces a la fecha intervinieron en el expediente –que tiene 17 cuerpos de 200 fojas cada uno- más de 30 jueces de primera instancia, de cámara y de la Corte, sin contar que muchos de ellos lo hicieron de manera reiterada (la causa subió a Cámara en por lo menos 26 oportunidades, a razón de casi tres veces por año calendario, y la Corte intervino dos veces).
En mayo de 1992 la Cámara sobreseyó al comisario Miguel Angel Espósito, y sólo los padres de Walter, constituidos como querellantes, impulsaron la continuación de la causa. El 5 de abril de 1994 la Corte Suprema hizo lugar a la queja de la querella, revocó el sobreseimiento, y ordenó volver a procesar al comisario.

En marzo de 1996 se clausuró la instrucción, elevándose a plenario con el procesamiento firme del comisario Miguel Angel Espósito por el delito de privación ilegal de la libertad calificada, reiterado en 73 oportunidades. En el Juzgado de Menores n° 4 quedaron reservadas copias de todo el expediente, con el sobreseimiento provisorio de los demás delitos imputados (lesiones seguidas de muerte, torturas, etc.), a la espera de que surgieran nuevas pruebas que permitieran reabrir la investigación al respecto. El plenario sería escrito, pues ante la entrada en vigencia del código de procedimientos reformado que introdujo el juicio oral la defensa eligió el viejo sistema escrito.

En abril y mayo de 1996 la fiscalía y la querella presentamos las acusaciones formales, requiriendo la primera 15 años de prisión y 30 de inhabilitación por los 73 delitos, mientras la querella, sólo por la víctima Bulacio, se sumó reclamando 6 años de prisión y 12 de inhabilitación.

El siguiente paso procesal consistía en la contestación de las acusaciones por parte de la defensa, para lo cual el código prevé un plazo de 6 días prorrogable dos veces. Una vez presentado ese escrito de la defensa, se pasaría a la etapa final antes de la sentencia, la prueba y los alegatos. La defensa nunca contestó las acusaciones, pues hasta el día de hoy dilató el plazo de 6 días convirtiéndolo en más de 6 años, a través de una increíble sucesión de excepciones, nulidades, recusaciones, y otros incidentes sólo dirigidos a lograr que pasara el tiempo y operara la prescripción de la acción penal. Es la típica estrategia del culpable, que como nada puede argumentar en su defensa trata que el transcurso del tiempo le permita eludir una condena de otra forma inevitable.

Esta estrategia defensista sólo puede prosperar cuando se suma a ella la inactividad y el desinterés judicial. En la Causa Bulacio no se trata sólo de la ineficiencia estructural de la administración de justicia, sino que hubo una colaboración expresa del Estado para que se consumiera el tiempo útil en verdaderas estupideces, llevando la causa al filo de la prescripción, porque con cada incidencia se suspendió el trámite de los autos principales, que están hoy en la misma situación que en junio de 1996.

Desde CORREPI venimos denunciando en todos los foros y por todos los medios a nuestro alcance estas maniobras y su objetivo final de garantizar la impunidad de otro represor, esta vez de la “democracia”. En 1997, al cumplirse el primer año de la paralización del trámite, formulamos denuncia ante la Comisión Interamericana de DDHH, por violación a los derechos garantizados en el Pacto de San José de Costa Rica (Convención Interamericana de DDHH). La denuncia fue declarada admisible, y en diciembre de 2000 la CIDH notificó al Estado Argentino su informe favorable a los peticionarios. El Estado nada contestó y menos hizo, por lo que la Comisión y la familia Bulacio lo demandaron ante la Corte Interamericana de DDHH, que por primera vez dio trámite a una causa argentina originada en un hecho de represión policial.

Instamos durante años a los jueces intervinientes (Dra. Alicia Iermini del Juzgado Criminal n° 48, y Sala Sexta de la Cámara, Dres. Carlos Alberto González y Luis Ameghino Escobar) a reanudar el trámite. Nos presentamos por queja directa ante la Corte Suprema en julio de 2001, denunciando las maniobras dilatorias. El 7 de diciembre del mismo año la Corte en pleno hizo lugar a la queja y ordenó a los jueces que evitasen la paralización del expediente por las reiteradas incidencias de la defensa. Pese a las declamaciones de la Corte, la Cámara y la Jueza, todo siguió funcionando igual.

Denunciamos públicamente la situación en cada marcha, en cada acto, en cada entrevista. A medida que se acercaba la fecha de la posible prescripción intensificamos, con el apoyo de organizaciones sociales, estudiantiles, políticas y de DDHH la campaña pública contra el cierre de la Causa Bulacio, mientras seguíamos ametrallando con presentaciones al cómplice aparato de justicia. Una mañana de abril la Plaza Lavalle amaneció cubierta de pasacalles que con la firma del comisario Miguel Angel Espósito agradecían a los jueces la impunidad. A las 10 de la mañana sólo dos pancartas, inaccesibles, flameaban frente a la entrada del juzgado.

En estos últimos meses familiares de víctimas de otros casos de represión policial, personalidades vinculadas a los Derechos Humanos y hasta la propia Corte Interamericana han expresado a los jueces su preocupación ante el inminente cierre de la causa y la consagración de la impunidad. El trámite sigue suspendido hasta hoy, y a partir de lo resuelto el jueves 6 de junio de 2002 nunca se llegará a una sentencia.

La Sala Sexta de la Cámara de Apelaciones, con la firma de dos de sus integrantes –los Dres. González y Ameghino Escobar- pues el tercero, Dr. Carlos Elbert, está apartado de la causa por haber sido coautor del sobreseimiento del comisario en 1992, han resuelto poner fin a la intervención de la madre de Walter en la causa. Con un argumento técnico planteado por la defensa del imputado, resolvieron que Graciela Scavone, querellante junto al papá de Walter desde el 2 de mayo de 1991 y quien continuó sola con la querella desde que Víctor falleciera hace dos años, no tiene derecho a ser parte, porque el delito por el cual Espósito está procesado no es homicidio ni otro delito contra la vida.

La cuestión jurídica es insostenible, pero la decisión esencialmente confirma el rol de los jueces en la implementación de las políticas represivas del Estado. Todo el esfuerzo del Estado, desde 1991, se ha dirigido a archivar la Causa Bulacio y a tratar de ocultar su trascendencia como bandera de lucha contra la represión y la impunidad. Y es lógico que así sea, porque el asesino de Walter Bulacio es el Estado Argentino, que se defiende defendiendo a los ejecutores de sus políticas.

Por nuestra parte, la familia Bulacio y la CORREPI, la sentencia de la Cámara nos hace sentir muy orgullosos. El único recurso que encontró el Estado para poder cerrar la causa Bulacio fue echarnos como querellantes. Han admitido que, por once años, el único obstáculo para la impunidad fue la querella. Y como no nos pueden callar, ahora nos quitan el derecho de ser parte, nos expulsan para poder archivar el expediente sin nuestra molesta presencia señalándoles a quién sirven, y por qué razones.

Ayer por la mañana interpusimos recurso extraordinario contra esta sentencia, con muy breves considerandos porque no estamos discutiendo una cuestión técnico jurídica, sino una decisión política, una razón de Estado. Sabemos que ese recurso va a ser rechazado, y ya hemos manifestado que no vamos a recurrir en queja ante la Corte, porque no queremos quejarnos más. Seguiremos peleando por Justicia para Walter en la jurisdicción internacional, donde ya ganamos la primera batalla, y donde más nos interesa, en la conciencia colectiva, la que se expresa cuando los pibes cantan Yo sabía que a Walter lo mató la policía. Hemos cumplido nuestro objetivo. Y quedó demostrado que nos tienen que echar de la causa para intentar cumplir el de ellos.


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