CORREPI - Coordinadora Contra la Represión Policial e Institucional

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Reseña Caso Budge

Correpi :: 01.05.04

Hecho: 8 de Mayo de 1987.

Víctimas: Oscar Humberto AREDES, 19 años; Roberto Antonio ARGAÑARAZ, 24 años y Agustín Antonio OLIVERA, 20 años.

Homicidas: Sub-Oficial Mayor Juan Ramón BALMACEDA; Cabo Primero Jorge Alberto MIÑO y Cabo Isidro Rito ROMERO.

1ª Sentencia: 24 de Mayo de 1990, condena a BALMACEDA y MIÑO a 5 años de prisión por homicidio en riña, mientras que por el mismo hecho condena a ROMERO a 12 años de prisión, pero por homicidio simple.

La Suprema Corte de la Provincia de Bs. As. anula este juicio por error técnico.

2ª Sentencia: 24 de Junio de 1994, condena a los tres policías a 11 años de prisión por homicidio simple.

La defensa de los policías interpone un Recurso de inaplicabilidad de ley e inconstitucionalidad. Amén de ello formula reserva de recurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. (Recurso Extraordinario).

La Suprema Corte Provincial en Setiembre de 1997: a) Confirma la Sentencia de la Sala II de Lomas de Zamora.

b) No le concede a la defensa el recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La defensa se dirige en queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La Corte rechaza este recurso.

En el mes de Febrero de 1998 la Suprema Corte de Justicia de la Pcia. de Bs. As. resuelve enviar la causa a la Sala II de Lomas de Zamora para que se haga efectivo el cumplimiento de la Sentencia.

El 28 de Mayo de 1998 la Sala II ordena la detención.

Ninguna de las tres ordenes se hace efectiva.

Las responsabilidades son tanto de la Cámara como de la Corte, por no tomar ninguna medida preventiva para detenerlos. Lo mismo para la Policía que no ha hecho nada para que se cumpla con la detención.

Párrafo aparte merece el Gobierno Provincial que publicaba en los diarios las fotos de los homicidas de cuando ingresaron a la Policía, es decir con mas de 20 años de antiguedad.

De los 11 años de Juicio, la Suprema Corte Provincial retuvo el expediente por mas de 8 años. No se cumplió con la obligación de juzgar rápida y eficazmente.

En reiteradas oportunidades el Dr. León ZIMERMAN, presento escritos pidiendo que se instrumenten los medios necesarios para la detención de los prófugos.

Al día de la fecha solo está cumpliendo condena el Cabo Isidro Rito ROMERO, desde el año 1999.


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