Cuando el estado mata a reglamento
La querella apeló hoy la resolución de la jueza federal María Romilda Servini de Cubría, que el viernes pasado sobreseyó a las autoridades del Instituto de Menores Manuel Rocca por la muerte del niño Germán Medina.
Decir, como argumenta la jueza, que no hay responsabilidad alguna porque se cumplieron los reglamentos, memorandos y resoluciones administrativas, porque se actuó conforme a la rutina, es avalar que se encierre a su suerte en un calabozo sin ventanas a un chico enfermo, para esperar que se muera, así hay un expediente menos y una celda libre para encerrar a otro, dijo María del Carmen Verdú, abogada de CORREPI que representa al padre de Germán, José H. Medina.
Germán Humberto Medina (16) estaba internado en el Instituto Rocca a la espera de una plaza en alguna institución terapéutica. No tenía causas penales en trámite, sino una causa tutelar a raíz de que sus padres, imposibilitados de pagar atención privada, pidieron ayuda al juez federal de Morón, Dr. Castelli. El juez remitió al chico al Instituto con un oficio pidiéndoles que le dieran especial resguardo, porque los informes médicos indicaban peligrosidad para sí.
El 11 de enero de este año, Germán amaneció colgando de una sábana en el interior de la celda de aislamiento donde lo encerraron para resguardarlo. Una asistente social describió al juez, un mes antes de su muerte, el calabozo: encontré al menor en inhumanas condiciones de alojamiento, en una celda de aislamiento de 3 por 2 m., oscura, sin luz natural ni aberturas, sin luz artificial durante el día, con una puerta de metal ciega, sin más mobiliario que un camastro sin almohada, con aire enrarecido y olor fuerte y desagradable. Esas condiciones inhóspitas ni siquiera serían adecuadas para lugar de castigo.
Una celda de aislamiento, un buzón. Esa fue la medida de seguridad adoptada para preservar a un niño enfermo, que la noche anterior a su muerte, dicen sus compañeros, le saltaban las lágrimas y no respondía cuando se le hablaba. El Dr. Badaracco, del Cuerpo Médico Forense, había dicho apenas un mes y medio antes que sus facultades mentales no eran normales; que los análisis de orina comprobaron la adicción química a la marihuana y la necesidad de un tratamiento curativo; que presentaba manifestaciones compatibles con psicosis, con peligrosidad para sí, por lo que debía ser ingresado a una institución para pacientes duales (= con patología psiquiátrica y adictiva a la vez).
La jueza Servini concluyó que el obrar de las autoridades (del Instituto Rocca) no puede tildarse de ilegítimo, porque hicieron todo prolija y burocráticamente, respetando los reglamentos, memorandos y demás normas administrativas. Claro que recorta del análisis que un niño de 16 años fue abandonado en una celda maloliente y oscura cuando sabían que presentaba una grave patología que hacía temer por su integridad física y su vida. A criterio de la jueza, no hubo delito, porque se respetó la burocracia administrativa del estado.
Los padres de Germán apelaron la resolución, patrocinados por la Dra. María del Carmen Verdú, de CORREPI (Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional), quien dijo: Hay responsables por la muerte de Germán. El estado lo abandonó para que muriera, y ahora, con este fallo, lo vuelve a abandonar, confirmando que, para el gobierno y los jueces, niños como él son seres descartables.
La querella sostiene que las actuales imputadas Claudia de Simone y Liliana Lozano, autoridades del instituto, no son las únicas responsables de lo ocurrido. Ellas no pueden invocar una inexistente norma de obediencia debida para eludir su parte de la responsabilidad, pero también deben ser procesados los funcionarios de los cargos intermedios del CONAF (Consejo Nacional de Niños, Niñas y Adolescentes) y su director Gabriel Lerner, que fueron quienes dispusieron eltratamiento que dieron al chico.