Escrache al TOC 18

Correpi
18.Jun.08    Actividades

Jueves 19 de junio de 2008, 11:30

ESCRACHE AL TRIBUNAL ORAL CRIMINAL Nº 18

(Lavalle y Libertad)

Organizado por estudiantes de la facultad de ciencias sociales denunciando la situación de su compañero Fernando Grenno, próximo a ser enjuiciado por haber pintado “Aparición con Vida de Julio López”.

CORREPI, a cargo de la defensa de Fernando, participará junto al Grupo de Arte Popular, que reproducirá su teatralización del fusilamiento de Marcelo Baez por el policía Luquet, recientemente absuelto por el mismo tribunal.

GATILLO FÁCIL POR IMPERIO CONSTITUCIONAL

Después de una semana, tuvimos acceso a los “fundamentos” de la sentencia por la que el TOC 18 absolvió al policía federal Justo José Luquet, asesino de Marcelo Báez. Recordemos que la acusación por homicidio simple y el pedido de pena de 17 años de prisión se basó en que la versión de Luquet en su indagatoria fue totalmente desvirtuada por el testimonio de su propio compañero, el policía Ianello, y las pericias de gendarmería, entre otros elementos.
Luquet había dicho que disparó contra Marcelo para defender a su compañero Osvaldo Ianello, porque el chico, al caer de la bicicleta, sacó un arma y disparó en dirección al policía que lo venía corriendo por la vereda. Dijo que Marcelo estaba boca arriba, con un brazo apoyado en el suelo y el otro empuñando el arma. El policía Ianello, en cambio, dijo que el golpe fue tan fuerte que pensó que Marcelo no se levantaba más; que lo vio siempre de espaldas, nunca de frente, y sólo vio su perfil cuando Marcelo, todavía en la bicicleta, miró hacia atrás para ver si todavía lo perseguían. Ahí fue donde no advirtió un cesto de basura y cayó, con la bici derrapando. Aseguró “no lo vi armado, no vi que me apuntara ni disparara hacia mí”. A la pregunta concreta de si Marcelo tenía un arma, contestó “conmigo, no”. Dijo que al oir un disparo desde adelante (donde estaban Marcelo y Luquet) se tiró entre dos autos, y que justo antes de cubrirse “veía al chico caído, de bruces, tratando de incorporarse para seguir huyendo”.

Los peritos de gendarmería Ariel Bursztyn y Gustavo Iseas y el perito de la querella, Raúl Nandín, aseguraron que la posición más probable para la trayectoria intracorpórea de la bala (ingreso por sien derecha con salida por la nuca del lado izquierdo, y reingreso por atrás del hombro izquierdo con alojamiento bajo la escápula izquierda) es que Marcelo hubiera caído boca abajo, y estuviera semi incorporado, agazapado con las piernas flexionadas, mirando hacia adelante y con los brazos tocando o casi tocando el suelo. Sobre la posición introducida por Luquet, Bursztyn dijo “sería lo extraordinario dentro de lo raro”. Iseas dijo “no me da la trayectoria, tendría que poner al tirador arriba de un árbol o sobre el techo del patrullero”. El único testigo civil (un señor que llevaba los chicos a la escuela) no vio nada, pero está seguro que oyó un solo disparo. El arma que atribuyeron a Marcelo apareció junto a su mano derecha, pero tres testigos (el cura del barrio con el que jugaba fútbol, un profesor del colegio y su madre) aseguraron que era zurdo. La dueña del kiosko donde los tres chicos robaron no reconoció el arma secuestrada junto al cadáver. Dijo que la que recordaba del robo era “más cuadrada, sin eso redondo” (o sea, una pistola, no un revólver). El “perro”, para variar, es de funcionamiento anormal (el tambor se alínea mal con la púa percutora).

Frente a este clarísimo panorama, los que “dicen el derecho” fueron, también, enormemente claros. Lo que sigue es textual del voto de la presidenta del TOC 18, María Cristina Camiña, al que adhirieron sin agregar nada los vocales Estela Cárcamo y Enrique Pose:
La acusación carece del necesario soporte probatorio… Báez estaba armado cuando entró a robar al kiosko y siguió armado hasta que fue abatido… Báez cayó, no se quedó quieto en ningún momento, y cuando se incorporaba efectuó un disparo hacia Ianello, aunque esto último no fuera advertido por el testigo…

Vale remarcar que este caso dista mucho de ser una muestra de gatillo fácil como pretendió instalar la querella en los medios. No es un caso “armado” por las fuerzas policiales ya que concurren al lugar por un alerta de robo con autores armados. Se trata de un desgraciado suceso en el que un joven -que momentos antes asalta un kiosko a mano armada- en la huida golpea con un cesto, cae, trata de incorporarse, efectúa un disparo y es repelido causándole la muerte. Sobre el punto vimos que las versiones de Ianello y Luquet no resultan idénticas, lo que es demostrativo de que no estamos en presencia de un relato armado sino de relatos que demuestran espontaneidad… La versión del imputado no puede desvirtuarse por ninguna prueba objetiva… Nadie puede afirmar que Luquet actuara con dolo homicida… El procesado dijo haber actuado según órdenes de la superioridad…

La conducta en juicio (…) aparece justificada por un precepto permisivo cual es el de la legítima defensa. Ante el ataque armado a su compañero (…) Luquet repelió para neutralizar la agresión en defensa de la vida de Ianello. No tuvo posibilidad de escoger un medio menos lesivo. (…) Esto surge de sus dichos, que no aparecen controvertidos y por imperio constitucional deben prevalecer.

Legítimo cumplimiento del deber y legítima defensa, siguiendo las órdenes de la superioridad. Igual que los jueces, que cumplen su deber defendiendo al brazo armado del estado. Es lo que deben hacer prevalecer, por imperio constitucional…

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